¿Cómo sanciona la CNSF a los agentes de seguros?
En este blog, verás cómo es que la comisión nacional de seguros y fianzas (cnsf) impone sus sanciones, de una manera muy sencilla de entender.
Derecho de audiencia
¿Incumpliste una obligación como Agente de Seguros y se te impuso una sanción?
¡CONOCE TUS DERECHOS!
Antes de imponer una sanción, la Comisión debe oír al interesado para que éste aporte las pruebas y argumentos que a su juicio estime necesarios para desacreditar lo que se le esta reclamando. A lo anterior se le conoce como el derecho de audiencia.
Dentro del derecho de audiencia, la Comisión deberá tomar en cuenta:
- Las condiciones económicas del infractor.
- Intención del infractor
- La importancia de la infracción
- Antecedentes en relación con el cumplimiento de la ley, reglamentos o las demás disposiciones de carácter general.
ELEMENTOS DE LA SANCIÓN
Una vez valorados los argumentos hechos y pruebas dadas por el interesado la Comisión, (en caso de confirmar la conducta infractora) para imponer la multa que corresponda deberá:
- Expresar con precisión la acción u omisión constitutiva de la infracción.
- Exponer los preceptos legales o disposiciones administrativas infringidas.
- Tomar en cuenta la importancia de la infracción y los antecedentes del infractor en relación con el cumplimiento de la ley.
- Determinar la cuantía de la multa dentro de los limites mínimo y máximo establecidos.
En contra de la resolución dada por la Comisión donde se confirme la infracción y se imponga una sanción, procederá interponer un recurso de revocación. Al hacer uso de dicho recurso, se suspende la ejecución de la sanción impuesta.
¿Sabes cuánto tiempo tiene la Comisión para imponer la multa una vez cometida la infracción?
AGRAVACIÓN DE LA CONDUCTA INFRACTORA
Para determinar si la conducta realizada se toma como grave se deberá evaluar lo siguiente:
- El impacto que puede producir en los sistemas asegurador o afianzador mexicanos;
- Los efectos sobre la estabilidad y solvencia financieras de la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate;
- El monto del quebranto o perjuicio patrimonial causado a la Institución o Sociedad Mutualista de que se trate;
- La existencia de un lucro obtenido en forma indebida;
- El incumplimiento a los requisitos de honorabilidad impuestos por la Ley y las disposiciones de carácter general que de ella emanen, por parte del infractor;
- La negligencia inexcusable o dolo con que se hubiere actuado, o
- Las demás circunstancias que la Comisión estime aplicables para tales efectos.
PAGO DE SANCIÓN
Las multas que la Comisión imponga deberán ser pagadas dentro de los 15 días hábiles siguientes al de su notificación. Si se paga dentro de este plazo, aplicará una reducción del 20% (siempre y cuando no haya impuesto medio de defensa contra la multa).
Ormuz, aliados de los agentes de seguros
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no pague mi poliza de rc en 2022 y 2023 pero la del 2021 y 2024 si estan pagadas, a que sanciones me puedo hacer acredor
¡Hola Pedro! Las sanciones son: Amonestación, Multa; Suspensión; Inhabilitación, o Revocación. La CNSF considera varios factores para aplicar una o varias de estas sanciones, por lo que cada caso es diferente y necesitaríamos más información para poder saber cuál sería el monto o la sanción que aplica. Le recomendamos solicitar una asesoría con uno de nuestros abogados, para ver a detalle su caso y ver como le podemos ayudar. Saludos!