Entrega de condiciones de los seguros, ¿A quién corresponde la obligación?

Entrega de condiciones de los seguros, ¿A quién corresponde la obligación?

Si eres agente es muy probable que recientemente hayas recibido un comunicado de parte de la aseguradora, el cual menciona que es obligación del agente entregar las condiciones y que requiere contar con el correo electrónico o la firma en donde conste que le hizo entrega de las condiciones.

Anteriormente, las aseguradoras establecían que el asegurado tuvo conocimiento de las condiciones debido a que en la carátula de la póliza se establece un link que lo redirige a poder conocer el contenido de las condiciones. Sin embargo, los tribunales determinaron que esta situación no era válida, por lo que la aseguradora está obligada a probar la entrega de las condiciones de forma fehaciente, es decir, que no quede duda que el asegurado recibió las condiciones; ya sea porque consta su firma de recibido o bien, a través de algún medio digital como el correo electrónico.

Por lo tanto, el pasado 2 de diciembre se emitió una jurisprudencia, en otras palabras, una interpretación a la ley, en donde se establece que las aseguradoras deben de probar fehacientemente la entrega de las condiciones del seguro.


¿A quién le corresponde la obligación de la entrega de las condiciones; al agente o a la aseguradora?

De acuerdo a lo establecido en la  jurisprudencia y con fundamento en los artículos 7, 20 y 24 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro, la obligación es de la aseguradora. Sin embargo, en el artículo 31.12.7 de la Circular Única de Seguros y de Fianzas, se establece que el agente está obligado a entregar las condiciones del seguro. Además, dentro de los contratos de Comisión Mercantil celebrado entre Aseguradoras y Agentes también se establece en algunas de sus cláusulas la obligación del agente de entregar las Condiciones Generales. Pareciera una contradicción, pero no lo es, ya que se trata de una Ley y disposiciones distintas con efectos diferentes.


Abogados en México defensa en seguros y fianzas


¿Cuándo se convierte en obligación del agente?

Para identificar el punto de participación de los agentes de esta obligación, tomaremos el siguiente ejemplo; supongamos que se realiza un  juicio, dónde la persona obligada a probar la entrega de las condiciones es la aseguradora, de acuerdo con la Ley Sobre el Contrato de Seguro, sin embargo, para efectos de poder probar la entrega, la aseguradora puede llamar a juicio  como “testigo” al agente de seguro que intermedió la póliza. El agente de seguros tendrá que declarar en juicio si hizo la entrega de la póliza y sus condiciones, así como si cuenta con alguna firma de recibo o correo electrónico.

En caso de que el agente de seguros no pueda probar la entrega de las condiciones, estas no podrán afectar al asegurado y en su caso, bajo lo establecido en la Circular Única de Seguros y Fianzas, la aseguradora podrá presentar una queja ante la CNSF por el incumplimiento del agente frente a sus obligaciones.

Por lo que, podría ser acreedor a una sanción por parte de la CNSF, por no haber cumplido con lo que establece la Circular Única de Seguros y Fianzas. No obstante lo anterior, la no entrega de las condiciones no quiere decir, que el agente deba de responder por el cumplimiento del contrato del seguro.

Además la aseguradora podría fincar alguna responsabilidad al agente, cuando este, al no haber cumplido con lo pactado en su contrato de comisión mercantil, la aseguradora pagó el siniestro, pudiendo denunciar el juicio o repetir en su contra por el monto de lo pagado.


Recomendaciones para evitar sanciones ante la CNSF

Si bien la obligación de entregar las condiciones del seguro es de la aseguradora, muchas veces las aseguradoras derivan esta obligación a sus agentes de seguros, ya que ellos son los que tienen el contacto directo con los asegurados.

Por lo tanto, te sugerimos que hagas una revisión e implementación de lo siguiente:

  1. Revisar los contratos que tienen celebrados con las aseguradoras.
  2. Enviar por correo electrónico la póliza y sus condiciones, así como hacer un respaldo del envío de dichos correos o bien contar con la firma de entrega.
  3. Enviar por correo electrónico tu folleto como agente de seguros, ya que esto evitará que tengas sanciones y aclararás cuál es tu función como agente. (recuerda que esto también es obligación).


Fundamento legal

Para que sucediera la jurisprudencia, publicada el pasado 2 de diciembre, se tomaron algunos artículos de diversas leyes, tales como: Ley Sobre el Contrato de Seguro, Ley para la Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, Circular Única de Seguros y Fianzas y Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas. Los cuales se refieren, de manera simplificada, a: los requisitos legales que las empresas aseguradoras deben cumplir para proporcionar un seguro a los clientes, requisitos y obligaciones para los Agentes o Apoderados de Agente Persona Moral en el proceso de venta de productos de seguros o fianzas y los  principios que deben seguir las Instituciones de Seguros al realizar su actividad.

Si estás interesado en conocer más acerca de estas leyes puedes hacerlo dando click en los siguientes links:

Cuéntanos en los comentarios si te llegó un comunicado de hablara de esto y ¿Cuál fue tu reacción al recibirlo?. Ahora  puedes estar tranquilo ya que conoces el motivo por el cual se enviaron comunicados de este tipo. Recuerda que, ante cualquier duda que surja estamos para ayudarte a resolverla.


ORMUZ: tus aliados en reclamos de seguros

En Ormuz México somos abogados de seguros, dedicados a apoyar a los agentes de seguros y fianzas; si tienes dudas o requieres mayor información al respecto no dudes en contactarnos para recibir tu primera asesoria legal gratis y obtener la atención de nuestro equipo especializado para resolver tus dudas como agente y tus obligaciones.

¡Contáctanos hoy mismo para obtener tu primera asesoría sin costo con un abogado experto en la materia!

There are no comments

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Start typing and press Enter to search

Shopping Cart
Contáctanos
Haga clic para chatear con un asesor
¡Hola! Buscas atención para asegurados o para agentes de seguros. ¿Cómo podemos ayudarte?